Prescripción adquisitiva de los bienes herenciales
Existen dos tipos de prescripción:
- La ordinaria
- La extraordinaria.
La prescripción ordinaria para bienes muebles
opera después de tres (3) años y para bienes inmuebles opera después de cinco (5) años. mientras que,
La prescripción extraordinaria opera después de diez (10) años. El
justo título para la prescripción ordinaria es el decreto de posesión efectiva
para inmuebles y la cesión de derechos herenciales para muebles e inmuebles.
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