Preguntas Nulidad del Matrimonio

 

Los Matrimonios Civiles y Religiosos tienen unas causales generales contenidas en el Código Civil.

¿Qué es nulidad?

Acto que por ser contrario a la ley,  carece de efectos  legales, ni nacen derechos, obligaciones  entre los cónyuges.

¿Cuáles son las causas que generan Nulidad en el Matrimonio?

Casarnos con personas prohibidas por la ley.
Ante funcionario que no puede celebrar matrimonio.
Cuando hay vicios del consentimiento tales como: La  violencia física y/o Psíquica sobre uno de los contrayentes.
Por error en la persona.

¿Cuáles son las causales que vician el Consentimiento?

Cuándo existe error acerca de las personas de ambos contrayentes o de la de uno de ellos.
Cuándo para celebrarlo haya faltado el consentimiento de alguno de los contrayentes o de ambos.
Cuándo se ha contraído por fuerza o miedo que sean suficientes para obligar a alguno a obrar sin libertad; bien sea que la fuerza se cause por el que quiere contraer matrimonio o por otra persona. Nota: La fuerza o miedo no será causa de nulidad del matrimonio, si después de disipada la fuerza, se ratifica el matrimonio con palabras expresas.
Cuándo no ha habido libertad en el consentimiento de la mujer, por haber sido esta robada violentamente, a menos que consienta en él, estando fuera del poder del raptor.

¿Cuándo existe error en las personas?

Uno de los errores más comunes es aquel cuando se es engañado en la edad, nombre, identidad,  de las personas; Ejemplo: Cuando  se casa con una persona igual o similar, creyendo que es la prometida, otro es cuando es engañado en el nombre del prometido.

¿Qué efectos o consecuencias legales trae?

El cónyuge afectado debe ser indemnizado en daños y perjuicios por la persona que lo engaño. También trae consecuencias penales como el delito de suplantación de personas y de estado civil.

¿Quién la puede alegar?

El cónyuge afectado.

¿Cuándo existe error en el consentimiento expreso?

Es cuando dos personas, expresan el querer casarse sin realmente quererlo.

¿Qué es el consentimiento?

Manifestación del (querer)  voluntad, expresa o tácita de hacer algún acto, por la cual un sujeto se vincula jurídicamente, produciendo efectos legales.

¿Cuándo no hay Consentimiento?

 Por demencia, permanente o parcial, y por violencia física o mental (Psíquica).

¿Quiénes  no tienen Consentimiento?

La ley presume falta  de consentimiento en los enfermos mentales y en los sordomudos que no pueden expresarse de forma entendible, en los que están bajo estado den inconciencia como borrachos y personas drogadas.

¿Qué efectos o consecuencias legales trae?

Penales, por inducir a la persona a casarse bajo estado de inconciencia. El cónyuge inocente tiene que ser indemnizado por  el culpable.

¿Quiénes la pueden alegar?

El cónyuge inocente, el padre o los curadores de los contrayentes.

¿Cuándo se aplica la causal 5 y 6. Art. 140 Código Civil?

Cuando uno o los dos contrayentes son obligados a contraer matrimonio bajo amenaza. EJ: matarlos; Golpearlos, difundir una información. Se violenta el consentimiento de la persona por inducción forzada.

¿Hay algún delito cuando una persona se casa por amenaza de otra u del otro Contrayente?

Sí, Se comete el delito de inducir  ilegalmente y secuestro.

¿Qué es inducir ilegalmente?
Presión que se ejerce sobre alguien para obligarle a obrar en determinado sentido. El delito se agrava cuando es ejercido en parientes y menores.

¿Quién puede alegar estas dos nulidades?

El cónyuge que sufrió la violencia, maltrato, chantaje u obligado a contraer matrimonio, pide la nulidad.

¿Qué otros efectos tienen?

No, habrá nulidad si los cónyuges viven por espacio de tres meses, después de haber cesado el acto violento o haber quedado en libertad.

¿Con qué personas no me puedo casar? 

Con abuelos, bisabuelos, nietos,  padres, Hijos, hermanos, legítimos o adoptivos, tíos y sobrinos.
Con la mujer que fue esposa del adoptante; Cuando uno o de ambos contrayentes estuviesen casados matrimonio anterior.   
Con un varón menor de catorce años, y una mujer menor de doce años.      
Dementes.        
Con mujer embrazada del  matrimonio anterior.·        
Con el hombre o la mujer que ha hecho matar a su cónyuge.

¿Qué delitos puedo cometer, si me caso con abuelos, bisabuelos, nietos,  padres, Hijos, hermanos, legítimos o adoptivos? 

* Si tienen relaciones sexuales se pueden cometer los delitos de: Incesto.
* Acceso carnal violento (Violación), agravado, si es menor de 12 0 14 años a un más se agrava la pena para estos delitos.

¿Qué es el incesto?

Relación sexual carnal entre parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio.

¿Qué delito cometo, si me caso con el hombre o la mujer que ha hecho matar a su cónyuge?

Puede verse involucrado un homicidio con unos agravantes, que aumentan la pena.

¿Qué delitos se cometen si omito, falsifico o miento sobre mi estado civil, para casarme con persona prohibida?

Comete delitos como el delito de supresión, alteración  o suposición del Estado civil. Si falsifica el registro civil o documento de identidad comete los delitos de falsedad en documentos públicos.

¿Quiénes las pueden alegar estas causas? 

Los cónyuges, los padres o la autoridad competente, como los fiscales, Comisarios de familia.

¿Cuáles son los efectos generales para todas las causales de nulidad?

Para los hijos procreados en dicho matrimonio, se deben alimentos y educación y son legítimos. Los derechos y bienes del cónyuge culpable pasan al cónyuge inocente, las donaciones hechas al cónyuge inocente subsistirán.

¿Qué es inexistencia del Matrimonio?

Es cuando se celebra el Matrimonio sin los requisitos de  exigidos por la ley.

¿Cuáles son las causas de inexistencia del matrimonio?

Cuando se contrae con personas del mismo sexo. Falta de voluntad o de querer contraer matrimonio por uno o ambos contrayentes. Cuando se omiten las solemnidades del matrimonio, como elevarlo a escritura pública. En este aspecto ha cambiado la concepción en la Jurisprudencia de la Corte Constitucional, pues ahora se pueden casar ante notario las parejas del mismo sexo. Tema de debate actualmente.

¿La inexistencia del matrimonio requiere de sentencia judicial?

No requiere de  sentencia judicial ya que  es inexistente por ley.

¿El Juez debe aceptar la demanda?

El Juez debe aceptar la demanda y comprobar la inexistencia para cortar con los efectos y el acta de matrimonio.

¿Cuáles  son las diferencias entre nulidad e Inexistencia del Matrimonio?

La nulidad debe ser declarada por juez, y  la inexistencia es que el matrimonio no nace  a la vida jurídica, no produciendo con ello efectos legales y no requiere de sentencia judicial.

¿Cuáles son los procedimientos para la Nulidad del Matrimonió?

Existen los civiles y los católicos.

¿Cuáles son los civiles?

Debe solicitarse mediante demanda, ante el juez de familia, mediante un procedimiento verbal.

¿Cuáles son los católicos?

Debe solicitarse mediante demanda, ante los tribunales eclesiásticos, la  nulidad del matrimonio católico.

¿Cuáles son los efectos civiles del matrimonio?

Personales y patrimoniales.

¿Cuáles son los efectos personales?

Se refiere a los derechos y obligaciones que surgen entre los cónyuges.

¿Cuáles son las obligaciones entre los cónyuges, en el matrimonio?

Cohabitación, fidelidad, socorro y ayuda mutua.

¿Qué es la Cohabitación?

Es el hecho de convivir mutuamente, cesa con la del divorcio o separación de cuerpos.

¿Qué  es la Fidelidad? 

Es el acto de no cometer adulterio, no cometer conductas delictivas  contra la vida, honra, sexualidad, bienes  del otro cónyuge.

¿Qué  es  el Socorro?

Es el estar pendiente de mantener en condiciones óptimas  la  salud y vida del otro cónyuge, así estén separados. Si no se cumple se da causal de separación cuerpos y bienes.

¿Cuáles son los efectos  patrimoniales?

Son los derechos, obligaciones  y deberes que surgen con la sociedad conyugal entre los cónyuges.

¿Cuáles son los deberes entre los cónyuges?


Sinceridad, paciencia, solidaridad: moral, económica, emocional.

Comentarios