Preguntas Alimentos
1.) ¿Qué son los alimentos?
Es todo lo que es indispensable para el
sustento de las personas e hijos, Como lo son: La educación, vestido, casa,
recreación, salud, seguridad social.
2.) ¿Cuáles son las clases de alimentos?
Congruos, necesarios y voluntarios.
3.) ¿Qué son alimentos congruos?
Son los que habilitan al alimentado para suplir sus
necesidades acordes a su clase social.
4.) ¿Qué son los alimentos necesarios?
Son los dineros que se suministran para suplir
las necesidades básicas del alimentado.
5.) ¿Qué son alimentos voluntarios?
Estos son dados con base en un acuerdo con el
alimentante, estos se pueden dar también por testamento.
6.) ¿Cuáles son las características de los
alimentos?
* Los alimentos no son renunciables hacia el futuro.
* Los alimentos se pueden negociar o
renunciar hacia el pasado.
* La capacidad del alimentante.
* Se deben por edad o situación jurídica.
7.) ¿A quién se le deben alimentos?
* Al cónyuge.
* Al divorciado o separado de cuerpos no culpable de
la causa de ello.
* A los hijos, nietos, biznietos.
* A los hermanos.
* A los padres, abuelos.
* A quien le dona una bien.
* A la mujer embrazada.
8.) ¿A quién se le deben alimentos
congruos?
* Al cónyuge.
* Al divorciado o separado de cuerpos no culpable de
la causa de ello.
* A los hijos, nietos, biznietos.
* A los hermanos.
* A quien le hizo una donación cuantiosa.
9.) ¿Cómo se paga la obligación de
alimentos?
El juez, ordenara y regulara la forma y
cuantía en que se suministraran los alimentos congruos y necesarios.
10.) ¿Se le debe alimentos a la mujer
embrazada?
La mujer embarazada, tiene derecho a los alimentos,
por parte del esposo, compañero y padres.
11.) ¿Me separe y divorcie por que mi
esposo incurrió en causal de divorcio, me debe alimentos?
Si.
12.) ¿Como hago para el suministro de
alimentos?
El juez de hallar culpable al cónyuge de
la causal de divorcio o separación de cuerpos, ordenara que el cónyuge culpable
prestara una garantía para asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaría
al cónyuge inocente.
13.) ¿Si tengo un acuerdo de alimentos con
mi cónyuge es valido?
Si, siempre y cuando sea de mutuo acuerdo
y sin chantaje o fuerza, se fije la cuantía de las obligaciones y conste
escrito.
14.) ¿Los alimentos pueden ser revisados
periódicamente?
Si, para ver si se desvalorizaron con la inflación o
el alimentante a tenido aumento o disminución en la capacidad económica
de suministrar alimentos.
15.) ¿Como se tazan o miden los alimentos?
Se toma en consideración las facultades del
alimentante, las circunstancias económicas del alimentado.
16.) ¿Los mayores de edad tienen
derecho alimentos?
Si cuando, no tienen capacidad para sostenerse
por mismos, cuando son discapacitados, inhabilitados para trabajar.
17.) ¿Un hijo que esta en la universidad
tiene derecho alimentos?
Si, los padres o quien lo cuide tiene el deber de
sostenerlo hasta la edad de 25 años de edad.
18.) Si la persona que me debe alimentos no me los suministra, ¿que puede hacer?
Pude iniciar un proceso penal o civil por
inasistencia alimentaría.
19.) ¿Cuántas veces pude instaurar demanda
por alimentos?
Cuantas veces haya incumplido con la obligación de
los alimentos.
20.) ¿El juez a que condena?
A pagar los alimentos por los ya causados y
futuros pagaderos en forma mensual.
21.) ¿Si tengo un hijo que no tiene salud,
y está enfermo, como puedo demandar al padre, madre o familiares a cargo?
Puede instaurar una acción penal o una
acción de tutela.
22.) ¿Pudo vender el derecho a los
alimentos?
Si, usted puede vender, ceder los
derechos sobre las deudas por alimentos pasadas, no las que se generen al
futuro.
23.) ¿Si el padre o madre de mis hijos fue
condenado apagar los alimentos atrasados cuanto tiempo tengo para iniciar
la demanda ejecutiva por alimentos?
Tiene 5 años par iniciar demanda ejecutiva.
24.) ¿Como se pierde el derecho a los alimentos?
Los alimentos se pierden cuando cometen delitos contra las personas que le debían alimentos.
25.) ¿La perdida o suspensión de la patria
potestad suspende la obligación alimentos?
No, cuando es respecto de uno de los padres y
el hijo no haya sido dado en adopción.
26.) ¿Qué otros derechos tengo como
Hijo?
* A ser afiliado al sistema de seguridad social como
beneficiario.
* A sustituir a los padres en las pensiones
hasta los 25 años o pro discapacidad.
* A ser educado hasta la edad de 25 años.
* A no ser maltratado.
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