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Incumplimiento reiterado cuota de alimentos ¿qué se puede hacer?

Si tu hijo(a) se encuentra reconocido ante el Registro Civil, puede formular denuncia penal ante la unidad de registro de denuncias de la Fiscalía  general de la nación más cercana a su domicilio, por el delito de Inasistencia Alimentaria. Para ello, debe allegar los siguientes documentos: Registro civil de nacimiento de su hijo(a) Copia cédula del padre o madre que denuncia.  Acta en la que se fijó la custodia y los alimentos, si se tiene. Los datos donde puede ser ubicado el padre o madre obligado(a) o los últimos que se tengan de éste. Para formular la denuncia no se requiere cuota fijada o pactada, basta que se pruebe el parentesco con el registro civil de nacimiento del niño(a) y se haga la manifestación de que el padre o la madre, según sea el caso, no cumple con su obligación alimentaria. En la medida de lo posible, se debe informar qué bienes tiene o dónde trabaja el padre o madre que no cumple, con el fin de probar que la ausencia de pago es injustific...

Yo gano el mínimo y deseo saber ¿cuánto me corresponde pagar de cuota alimentaria?

Si usted gana el mínimo la ley establece que la Cuota Alimentaria puede ser hasta el 50% de su salario mensual, proporcionalmente según el número de hijos que el padre o madre obligado a dar alimentos tenga. Los alimentos no solo hacen alusión a la comida, comprenden la vivienda, arriendo, servicios, educación, salud, vestuario, recreación, alimentación, transporte y todo lo necesario para el desarrollo integral del niño(a). Para poder fijar la cuota alimentaria, partiendo del hecho que el niño ya esté reconocido ante el Registro Civil, se debe acercar al centro zonal más cercano al domicilio del niño(a) o centro de conciliación autorizado.

¿Mi ex pareja tiene la custodia de mi hijo(a), yo cumplo con la Cuota de Alimentos y no me lo deja ver ¿qué puedo hacer?

Quien cumple con sus obligaciones debe ser escuchado para reclamar las visitas. El padre o la madre que se vea afectado en el ejercicio de las visitas puede dirigirse al Centro Zonal de Bienestar Familiar más cercano al lugar de domicilio del niño(a) y exponer la situación para que el Defensor de Familia le oriente al respecto y sea quien adopte, de ser necesario, las medidas correspondientes para el caso. Es tan delicada la situación que si continúa dicho comportamiento de limitación al ejercicio de las visitas, el cual atenta gravemente contra los derechos del niño(a), el padre o madre a quien no se le permitan, podría buscar ante el Centro Zonal de Bienestar Familiar competente se modifique la custodia y tenencia del niño(a) inicialmente fijada, teniéndose esto como una medida de protección, previa valoración y constatación de los hechos específicos. Igualmente también se aconseja contratar los servicios de un abogado para que demande ante los jueces de familia el cumplimient...

¿Cómo sería el trámite para fijar Cuota de Alimentos, Custodia y Visitas cuando se está en proceso de divorcio?

Cuando los esposos se separan existen obligaciones y derechos que deben reglamentarse, ya sea por mutuo acuerdo entre la pareja o por decisión de una autoridad competente. Ahora bien, debe puntualizarse que unas son las obligaciones relacionadas con los hijo (a) (s) menores de edad y otras las adquiridas por los esposos entre sí. Con respecto a los hijo(a) (s) menores de edad, debe regularse la custodia, alimentos y visitas. Para iniciar los trámites correspondientes, puede acudirse al Centro Zonal más cercano del domicilio del niño(a) y pedir allí se cite al cónyuge del que se trate, sea el padre o la madre, para intentar buscar acuerdos respecto a los temas de custodia, alimentos y visitas. Si no hay acuerdo, se recomienda consultar un abogado para el trámite del proceso de divorcio ante el Juez de Familia, dentro del cual también se da la oportunidad de fijar custodia, alimentos y visitas.

Necesito asesoría para demandar al padre o madre de mi hijo(a) porque no responde económicamente por él, pero mi hijo(a) no tiene su apellido, ¿qué puedo hacer?

Debe acudir primero al Centro Zonal del ICBF del domicilio de su hijo(a) y solicitar al Defensor de Familia se cite al presunto padre o madre, según sea el caso, para tratar de manera voluntaria que se reconozca al niño(a). Si lo hace, se levanta un acta y se envía copia a la Registraduria Nacional del Estado Civil para dejar sentado el reconocimiento. Una vez reconocido, el Defensor de Familia podrá fijar alimentos, custodia y visitas. Si el padre o la madre no asiste o no reconoce al niño(a), el Defensor de Familia dará inicio al proceso de investigación de paternidad o maternidad ante el Juez de Familia y solicitará como una de las pruebas principales la de ADN. Este proceso  también  lo puede tramitar su abogado de confianza, si lo cree necesario. Para realizar este trámite debe presentar registro civil de nacimiento de su hijo(a), copia de su documento de identidad y si hay personas que puedan rendir testimonio respecto de los hechos fundamento de la demanda, in...